Lectura de artículo · LGSCMM_300919

Artículo décimo octavo

Ley General Del Sistema Para La Carrera De Las Maestras Y Los Maestros

TRANSITORIOS

Décimo Octavo. Las autoridades de educación media superior y los organismos descentralizados emitirán los programas al que se refieren los artículos 64, 65 y 70 en un plazo máximo de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto. En el ámbito federal, dichos programas deberán contar con la autorización de la , en el ámbito de sus atribuciones.

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